Las faltas leves prescriben para un Agente de la Policía Local según el artículo 15.1 de la L.O. 4/2010, de 20 de Mayo (Régimen Disciplinario).
- A.Al año.
- B.Al mes.Respuesta correcta
- C.A los dos años.
- D.A los dos meses.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 15.1 LO 4/2010 establece que las faltas leves prescriben al mes. Las faltas graves prescriben a 2 años y las muy graves a 3 años según la normativa disciplinaria.