De las siguientes infracciones administrativas previstas en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, señale cuál de éllas está clasificada como falta grave:
- A.Someterse a los medios de intervención administrativa que correspondan mediante la aportación de datos o documentos no conformes con la realidad.
- B.La omisión de las medidas de higiene y sanitarias exigibles o el mal estado de las instalaciones, que incidan de forma negativa en las condiciones de salubridad del establecimiento público, y produzcan riesgos para la salud de los espectadores y asistentes.Respuesta correcta
- C.La modificación de las condiciones técnicas de los establecimientos públicos, sin haberse sometido a los medios de intervención administrativa que correspondan, siempre que tales modificaciones creen situaciones de grave riesgo para los bienes o para la seguridad e integridad física de las personas
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ley de Espectáculos Públicos de Andalucía clasifica infracciones en leves, graves y muy graves. La omisión de medidas de higiene que afecten la salubridad y creen riesgos sanitarios es una falta grave, diferente de violaciones de datos (muy grave) o cambios con grave riesgo (muy grave).