PREGUNTA RESERVA 1.Según lo dispuesto en el artículo 66 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995), en la aplicación de la pena, tratándose de delitos dolosos, los jueces o tribunales observarán, según haya o no circunstancias atenuantes o agravantes, las siguientes reglas: Señale la incorrecta:
- A.Cuando concurran dos o más circunstancias agravantes y no concurra atenuante alguna, podrán aplicar la pena superior en grado a la establecida por la ley.Respuesta correcta
- B.Cuando concurra la circunstancia agravante de reincidencia con la cualificación de que el culpable al delinquir hubiera sido condenado ejecutoriamente, al menos, por tres delitos comprendidos en el mismo título de este Código, siempre que sean de la misma naturaleza, podrán aplicar la pena superior en grado a la prevista por la ley para el delito de que se trate, teniendo en cuenta las condenas precedentes, así como la gravedad del nuevo delito cometido.
- C.Cuando concurra sólo una o dos circunstancias agravantes, aplicarán la pena en la mitad superior de la que fije la ley para el delito.
Explicación
La respuesta correcta es A, que resulta incorrecta según el artículo 66 del Código Penal. Cuando concurren circunstancias agravantes sin atenuantes, se aplica la mitad superior de la pena, no la pena superior en grado como afirma erróneamente la opción A. Las opciones B y C recogen reglas correctamente.