El Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, señala en su Artículo 4 que se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de un determinado número de armas o de sus imitaciones, señale cual no se está prohibida:
- A.Las pistolas y revólveres que no lleven adosado un cañón.
- B.Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
- C.Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890.Respuesta correcta
- D.Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimidos, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
Explicación
La respuesta correcta es C. El Reglamento de Armas (RD 137/1993) prohíbe las armas de fuego más recientes y sus imitaciones, pero excluye específicamente las armas de fuego cuyos modelos o fabricación sean anteriores a 1890, consideradas armas históricas.