Pregunta 58

Policía Local - 2019 - Policía Local - Madrid

Conforme al artículo 385 del Código Penal, modificado por Ley Orgánica 15/2007 de 30 de noviembre, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días, el que originare un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas, señale la respuesta correcta:

  • A.Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables.
  • B.Mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio. No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacer.
  • C.Todas las respuestas anteriores son correctas.Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 385 del Código Penal castiga crear grave riesgo de circulación mediante: colocación de obstáculos o sustancias inflamables/deslizantes, o mutación/sustracción/anulación de señalización, con prisión de 6 meses a 2 años o multa y trabajos comunitarios.