La Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en su Artículo 25 respecto a la Protección, dice:
- A.Queda prohibida, con carácter general, la entrada y permanencia de menores de dieciséis años de edad en bares especiales, así como en las salas de fiestas, de baile, discotecas y establecimientos similares en los que se venda o facilite el consumo de bebidas alcohólicas, excepto cuando se realicen actuaciones en directo, en cuyo caso los menores de dieciséis años de edad deberán ir acompañados de sus progenitores o tutores.
- B.Queda prohibida, con carácter general, la entrada y permanencia de menores de dieciocho años de edad en bares especiales, así como en las salas de fiestas, de baile, discotecas y establecimientos similares en los que se venda o facilite el consumo de bebidas alcohólicas, excepto cuando se realicen actuaciones en directo, en cuyo caso los menores de dieciséis años de edad deberán ir acompañados de sus progenitores o tutores.Respuesta correcta
- C.Queda prohibida, con carácter general, la entrada y permanencia de menores de dieciocho años de edad en bares especiales, así como en las salas de fiestas, de baile, discotecas y establecimientos similares en los que se venda o facilite el consumo de bebidas alcohólicas, excepto cuando se realicen actuaciones en directo, en cuyo caso los menores de dieciséis años de edad deberán ir acompañados de sus progenitores o tutores.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 25 de la Ley 17/1997 prohíbe entrada de menores de 18 años en bares y discotecas con bebidas alcohólicas. Excepción: actuaciones en directo donde menores de 16 deben ir acompañados de progenitores o tutores, retirándose al finalizar.