El Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004, en su artículo 14, dice que:
- A.Los bandos del alcalde son siempre recordatorios de una obligación o deber contenidos en las disposiciones de carácter general.
- B.Los bandos del alcalde son medidas excepcionales, de directa aplicación aunque no existan razones de extraordinaria urgencia que las motiven.
- C.Los bandos del alcalde adoptados por razones de extraordinaria urgencia, se deberá dar cuenta inmediata al Pleno.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 14 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Madrid regula los bandos del Alcalde. Estos pueden ser de recordatorio de obligaciones o de urgencia. Los bandos de urgencia ante situaciones excepcionales requieren dar cuenta inmediata al Pleno.