En qué Título de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias se define a las Policías Locales como “Institutos armados de naturaleza civil y con estructura y organización jerarquizadas”:
- A.Título II.
- B.Título III.
- C.Título I.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. La Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias recoge en su Título I la definición de las Policías Locales como institutos armados de naturaleza civil con estructura y organización jerarquizadas, diferenciándolas de otros cuerpos policiales.