Según la ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, el pase a la situación de segunda actividad por edad tendrá lugar al cumplir las siguientes edades:
- A.Al cumplir los sesenta años en la escala ejecutiva.
- B.Al cumplir los sesenta y tres años en la escala básica.
- C.Al cumplir los cincuenta y siete años en la escala técnica.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Según la Ley 13/2001 de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, el pase a segunda actividad por edad en la escala técnica se produce al cumplir los 57 años.