Constituye una falta disciplinaria muy grave:
- A.El incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo.
- B.La adopción de acuerdos ilegales que causen perjuicio grave a los ciudadanos.
- C.El acoso por razón de vecindad.
- D.Todas las anteriores son falsas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 95.2 del TREBEP enumera como faltas muy graves el incumplimiento de deberes fundamentales hacia la Constitución, la discriminación, el abandono del servicio, y los acuerdos manifiestamente ilegales. Sin embargo, las opciones A, B y C están formuladas de manera incompleta o inexacta respecto a cómo la ley las tipifica como faltas muy graves.