Pregunta 90

Policía Local - 2019 - Policía Local - Arahal

Según la LRJCA, no se pueden interponer recurso contencioso-administrativo contra la actividad de una Administración:

  • A.Los órganos de la misma y los miembros de sus órganos colegiados, en todo caso.
  • B.Los órganos de la misma y los miembros de sus órganos colegiados, salvo que la Constitución o su autonomía les confiera a ello.Respuesta correcta
  • C.Los Órganos de la misma y los miembros de sus órganos colegiados, salvo que el órgano judicial directamente les conceda aparcarse de la extensión de un interés objetivo.
  • D.Todas las opciones anteriores son incorrectas.

Explicación

La respuesta correcta es B. Los órganos administrativos y sus miembros no pueden interponer recursos contencioso-administrativos contra los actos de su propia Administración, salvo que la Constitución o su normativa específica les confiera expresamente esa legitimación activa.