Conducir un vehículo a motor superando los límites de velocidad es:
- A.Siempre infracción administrativa.
- B.Un delito contra la Seguridad Vial, a velocidad superior en 80 km/h a la permitida en vía interurbana.Respuesta correcta
- C.Un delito contra la Seguridad Vial, a velocidad superior en 80 km/h a la permitida en vía interurbana.
- D.Un delito contra la Seguridad Vial siempre.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 379.1 del Código Penal establece que conducir superando en más de ochenta kilómetros por hora la velocidad permitida en vía interurbana constituye delito contra la seguridad vial, no mera infracción administrativa. Este umbral marca la diferencia entre infracción y delito.