Establece el artículo 26 de la LBRL que los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios deberán prestarse, en todo caso, en los Municipios de más de:
- A.5.000 habitantes.
- B.20.000 habitantes.Respuesta correcta
- C.30.000 habitantes.
- D.50.000 habitantes.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 26 de la LBRL establece que los servicios de prevención y extinción de incendios deben prestarse obligatoriamente en municipios de más de veinte mil habitantes. Para municipios menores la prestación es potestativa.