Según dispone la LPAC, ¿cómo se presumen los actos administrativos?
- A.Ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en la LPACAP.
- B.Ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en las normas reguladoras.
- C.Válidos.Respuesta correcta
- D.Válidos en la medida en que no se adquieran facultades o derecho que contravengan las normas reguladoras pertinentes.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según el artículo 57 de la LPAC, los actos de las Administraciones Públicas se presumen válidos y producen efectos desde la fecha de dictación, salvo disposición contraria.