Según el artículo 14 del Texto Refundido del Estatuto Básico de los Empleados Públicos aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los empleados públicos tienen entre otros los siguientes derechos de carácter individual en correspondencia con la naturaleza jurídica de su relación de servicio:
- A.A participar en la consecución de los objetivos atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar.
- B.A la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- C.A recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- D.Todas son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 14 del TREBEP reconoce a los empleados públicos derechos individuales que incluyen participación en objetivos, medidas de conciliación laboral y familiar, y protección eficaz en seguridad y salud. Las tres opciones reflejan derechos reconocidos por la norma.