El artículo 26 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial atribuye el ejercicio de la potestad jurisdiccional a los siguientes juzgados y tribunales:
- A.Juzgados de Paz; Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria; Audiencias Provinciales; Tribunales Superiores de Justicia; Audiencia Nacional, y Tribunal Supremo.Respuesta correcta
- B.Tribunales Superiores de Justicia; Audiencia Nacional y Tribunal Supremo.
- C.Juzgados de Paz; Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria; Audiencias Provinciales; Tribunales Superiores de Justicia; Audiencia Nacional; Tribunal Supremo y Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
- D.Juzgados de Paz; Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria; Audiencias Provinciales; Tribunales Superiores de Justicia; Audiencia Nacional; Tribunal Supremo y Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 26 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial atribuye la potestad jurisdiccional a diversos órganos: Juzgados de Paz, Juzgados de Primera Instancia, Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo. Esta estructura orgánica distribuye la función judicial en distintos niveles.