El artículo 542 del Código Penal castiga a la autoridad o funcionario público que:
- A.Prohíba una reunión pacífica o la disuelva fuera de los casos expresamente permitidos por las Leyes.
- B.Expropie de sus bienes a una persona fuera de los casos establecidos en la ley.
- C.Impida, a sabiendas, a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución o las Leyes.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es la C.El artículo 542 del Código Penal castiga a la autoridad o funcionario público que impida, a sabiendas, a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución o las Leyes.