Según dispone el artículo 34 de la Ley 11/2005, de Espectáculos Públicos de Aragón, los límites de horarios de cierre de los establecimientos serán:
- A.Casinos de juego y salas de bingo: las cinco horas y treinta minutos de la madrugada.
- B.Salas de fiestas y discotecas: las cinco horas de la madrugada.
- C.Bares con música y pubs: las tres horas y treinta minutos de la madrugada.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es la C.El artículo 34 de la Ley 11/2005 de Espectáculos Públicos de Aragón establece los límites horarios de cierre de los establecimientos.