Según el artículo 151 del Código Penal la provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos de lesiones:
- A.No se castiga salvo que la Ley lo prevea expresamente.
- B.Se castigará con la pena correspondiente a la imprudencia.
- C.Se castigará con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es la C.El artículo 151 del Código Penal establece que la provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos de lesiones se castigará con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.