Según el artículo 28 del Código Penal no se consideran autores:
- A.Los que cooperan a la ejecución del delito sin un hecho sin el cual no se habría producido.Respuesta correcta
- B.Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
- C.Los que realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 28 del Código Penal distingue entre autores y cómplices: los autores son quienes realizan el hecho directamente, inducen a otro o cooperan necesariamente. Los cómplices son quienes cooperan de forma no esencial; esta cooperación no hace a quien la realiza autor del delito.