Conforme el artículo 20 de la Ley de Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre):
- A.Los conductores de bicicletas podrán circular por todo caso en las aceras de las autovías.
- B.Los conductores de bicicletas podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones de seguridad vial se prohíba.Respuesta correcta
- C.Los conductores de bicicletas no podrán circular por los arcenes de las autovías, ya que esto expresamente se prohíbe.
Explicación
La respuesta correcta es B. Conforme al artículo 20 del TRLSV, los ciclistas pueden circular por los arcenes de autovías, excepto cuando la seguridad vial expresamente lo prohíba por circunstancias específicas de la vía o del tráfico.