En virtud del artículo 48.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, son anulables los actos de la Administración:
- A.Que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.Respuesta correcta
- B.Que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, salvo la desviación de poder.
- C.Que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico.
Explicación
..1 de la Ley 39/2015 establece que son anulables los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluyendo expresamente la desviación de poder.