El artículo 85 del Reglamento General de Circulación establece que para adelantar a un tractor agrícola fuera de poblado:
- A.Deberemos dejar un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada.
- B.Deberemos dejar un margen lateral de seguridad con respecto a los márgenes más salientes del vehículo adelantado.
- C.Deberemos realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo y en todo caso la separación lateral será superior a 1,50 metros.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 85 del Reglamento General de Circulación establece que para adelantar a un tractor agrícola fuera de poblado se debe realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo, manteniendo una separación lateral superior a 1,50 metros respecto a las partes más salientes del vehículo adelantado.