Respecto al ejercicio del derecho a la autonomia reconocida en el articulo 143 de la Constitucion (CE), en caso de no prosperar una iniciativa de proceso autonomico, indique la respuesta correcta:
- A.Solamente podra reiterarse pasados dos anos.
- B.Solamente podra reiterarse pasados cinco anos.Respuesta correcta
- C.Solamente podra reiterarse pasados tres anos.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 143 de la Constitución Española permite que provincias con características históricas, culturales y económicas comunes accedan a su autogobierno. Si una iniciativa autonómica no prospera, solamente puede reiterarse después de transcurridos cinco años, lo que garantiza estabilidad en el sistema autonómico.