Según el artículo 297 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los atestados que redactaren y las manifestaciones que hicieren los funcionarios de Policía judicial, a consecuencia de las averiguaciones que hubiesen practicado, se considerarán…:
- A.Declaraciones testificales.
- B.Pruebas anticipadas.
- C.Denuncias para los efectos legales.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 297 de la LECrim establece que los atestados redactados por la Policía Judicial se consideran denuncias a efectos legales, sin valor de prueba directa, permitiendo al Juez tomar decisiones tras investigación independiente.