El artículo 4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, consideran interesados en el procedimiento administrativo:
- A.Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses ilegítimos individuales o colectivos.
- B.Los que, habiendo iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
- C.Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. La Ley 39/2015 considera interesados en un procedimiento a quienes se personen en el mismo mientras no haya resolución definitiva y cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución final.