Respecto a la tipología de las licencias, ¿cuáles tendrán consideración de licencias urbanísticas?
- A.De primera utilización total o parcial de los edificios e instalaciones, de obras de urbanización; de demolición.
- B.Urbanísticas permanentes; de usos y obras provisionares; de demolición.
- C.De edificación, obras e instalaciones.
- D.De parcelación de urbanización; de edificación, obras e instalaciones; de demolición.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía clasifica como licencias urbanísticas las de parcelación, urbanización, edificación, obras, instalaciones y demolición, regulando su obtención y trámite.