El artículo 45 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando en el procedimiento de elaboración de un reglamento, este afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía
- A.Se podrá dar audiencia.
- B.Se le dará audiencia, durante un plazo razonable.Respuesta correcta
- C.No se dará audiencia, salvo informe en contra del Consejo Consultivo de Andalucía.
- D.No se dará audiencia, salvo que así lo establezca el Consejo de Gobierno
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 45 de la Ley 6/2006 del Gobierno de Andalucía exige que cuando un reglamento afecte a derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia durante un plazo razonable, garantizando así su participación en el proceso de elaboración normativa.