Según la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se entiende por representación equilibrada:
- A.Aquella situación que garantice la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto de personas a que se refiera, cada sexo ni supere el sesenta por ciento ni sea menos del cuarenta por ciento.Respuesta correcta
- B.Aquella situación que garantice la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto de personas a que se refiera, cada sexo ni supere el setenta por ciento ni sea menos del treinta por ciento.
- C.Aquella situación que garantice, en el conjunto de personas a que se refiera, al menos un sesenta por ciento de mujeres.
- D.Aquella situación que garantice, en el conjunto de personas a que se refiera, al menos un cincuenta por ciento de mujeres.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley 12/2007 de Igualdad de Género en Andalucía define representación equilibrada como la presencia de mujeres y hombres en que cada sexo ni supera el sesenta por ciento ni es menos del cuarenta por ciento. Esta franja 40%-60% garantiza que ninguno de los géneros domina de forma abrumadora en la toma de decisiones.