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Pregunta 4

Policía Local - 2017 - Policia Local - Valverde de Leganes

El artículo 21 de la Constitución Española dispone que:

  • A.Se reconoce el derecho de reunión pacífica. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
  • B.Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho si necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
  • C.Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.Respuesta correcta
  • D.Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho si necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

Explicación

El artículo 21 de la Constitución Española establece: '1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas.