De conformidad con el artículo 41.2 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, contra los autos y providencias de los Jueces de Menores cabe recurso de reforma ante el propio órgano, que se interpondrá en el plazo de:
- A.Dos días a partir de la notificación.
- B.Tres días a partir de la notificación.Respuesta correcta
- C.Cuatro días a partir de la notificación.
- D.Cinco días a partir de la notificación.
Explicación
El artículo 41. 2 de la LO 5/2000 (LORPM) establece que contra los autos y providencias de los Jueces de Menores cabe recurso de reforma ante el propio órgano, que se interpondrá en el plazo de tres días a partir de la notificación.