De conformidad con el artículo 163.1 del Código Penal, el particular que encerrare, detuviere o aprehendiere a una persona será castigado con la pena de:
- A.Prisión de seis meses a tres años.
- B.Prisión de seis meses a tres años y multa de seis a 12 meses.
- C.Prisión de seis meses a 2 años y multa de seis a 12 meses.
- D.Ninguna respuesta es correcta.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 163.1 del Código Penal castiga al particular que encierre, detenga o aprehenda a otra persona privándola de su libertad. La pena establecida es la prisión de cuatro a seis años. Ninguna de las otras opciones A, B o C describe correctamente esta sanción, por lo que la opción D (ninguna de las anteriores es correcta) es la respuesta correcta.