La prohibición que establece el artículo 38 del RGC en cuanto a la circulación de bicicletas por autopista y autovías ¿Se excepcional en algún supuesto?
- A.Si, si el conductor es mayor de 14 años y circula por el arcén
- B.No, si se prohíbe con señalización expresa
- C.Ambas respuestas son correctasRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 38 del Reglamento General de Circulación prohíbe las bicicletas en autopistas y autovías, pero esta prohibición tiene excepciones: los ciclistas mayores de 14 años pueden circular por el arcén de autovías, siempre que no haya señalización expresamente prohibitoria. Ambas condiciones son correctas.