Según el artículo 5 apartado 7 del RGConductores
- A.Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1Respuesta correcta
- B.Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A2
- C.Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio de la Unión Europea las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 5.7 del Reglamento General de Conductores permite a los titulares del permiso de clase B que lo posean con antigüedad superior a tres años conducir motocicletas de la clase A1 dentro del territorio nacional. Las opciones B (clase A2) y C (territorio UE) introducen variaciones incorrectas.