De conformidad con el artículo 177 bis del Código Penal, se impondrá la pena superior en grado a la prevista en el apartado primero de este artículo cuando:
- A.No se hubiere puesto en peligro la vida o la integridad física o psíquica de las personas objeto del delito
- B.La víctima sea especialmente vulnerable por razón de enfermedad, estado gestacional, discapacidad o situación personal, y sea menor de edadRespuesta correcta
- C.Cuando hubiere existido premeditación
Explicación
La respuesta correcta es B. La pena se impondrá en grado superior cuando la víctima sea especialmente vulnerable (por enfermedad, discapacidad, embarazo) o menor de edad. El artículo 177 bis del Código Penal tipifica el delito de trata de seres humanos con agravantes por situación de vulnerabilidad de la víctima.