Según el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, entre la realización de la primera y la segunda prueba de detección alcohólica mediante el aire espirado debe mediar un tiempo mínimo de:
- A.15 minutos
- B.10 minutosRespuesta correcta
- C.5 minutos
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 22 del Real Decreto 1428/2003 establece que debe mediar un tiempo mínimo de 10 minutos entre la primera y segunda prueba de detección alcohólica mediante aire espirado. Este plazo es una garantía procedimental que permite al examinado controlar que se respetan sus derechos defensivos.