Pregunta 2

Policía Local - 2017 - Policía Local - Madrid

En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso:

  • A.La identificación del vehículo con el que se haya cometido la presunta infracción, la identidad del denunciado, si se conoce una descripción sucinta del hecho, el nombre, apellidos y domicilio del denunciante o, si es un agente de la autoridad, su número de identificación profesional
  • B.La identificación del vehículo con el que se haya cometido la presunta infracción, la identidad del denunciado, si se conoce una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora, el nombre, apellidos y domicilio del denunciante o, si es un agente de la autoridad, su número de identificación profesionalRespuesta correcta
  • C.La identificación del vehículo con el que se haya cometido la presunta infracción, la identidad del denunciado, si se conoce una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, el nombre, apellidos y domicilio del denunciante o, si es un agente de la autoridad, su número de identificación profesional

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 87 del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Tráfico) establece que las denuncias por hechos de circulación deben contener la identificación del vehículo, identidad del denunciado, descripción del hecho con lugar o tramo, fecha y hora, y nombre y domicilio del denunciante. Todos estos elementos son esenciales para la validez de la denuncia.