Pregunta 37

Policía Local - 2017 - Policía Local - Guadalajara

El art. 26 de la Ordenanza de Circulación del Ayuntamiento de Guadalajara establece: “4.b) Estacionamiento prolongado de vehículos anunciando su venta. Queda prohibido el estacionamiento prolongado de un vehículo en la vía y espacios públicos anunciando su venta. Se considerará estacionamiento prolongado del vehículo cuando permanezca estacionado en la vía y espacios públicos en un mismo lugar y sin ser desplazado por un tiempo superior a………., pudiendo aplicarse en ese caso la medida cautelar de retirada del vehículo de la vía pública, conforme establece el artículo 29 de la presente Ordenanza”.

  • A.24 horas.
  • B.48 horas.Respuesta correcta
  • C.72 horas.
  • D.1 mes.

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 26.4.b) de la Ordenanza de Circulación de Guadalajara define el estacionamiento prolongado de un vehículo como aquel que permanece en el mismo lugar más de 48 horas. Cuando se cumple este plazo, la administración puede aplicar la medida cautelar de retirada del vehículo de la vía pública.