Según establece la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, “La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes”, es una infracción de carácter:
- A.Leve.
- B.Grave.
- C.Muy Grave.Respuesta correcta
- D.No es una infracción a la Ley de Seguridad Ciudadana.
Explicación
La respuesta correcta es C. La Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, clasifica en su artículo 35.1 como infracción muy grave proyectar haces de luz sobre pilotos o conductores que pueda deslumbrarles o distraerles provocando accidentes.