Conforme al artículo 6 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, para conducir vehículos para personas de movilidad reducida, la edad mínima para obtener la licencia de conducción será de:
- A.Catorce años cumplidos.Respuesta correcta
- B.Quince años cumplidos.
- C.Dieciséis años cumplidos.
- D.Dieciocho años cumplidos.
Explicación
El artículo 6 del RD 818/2009 (Reglamento General de Conductores) establece que para conducir vehículos de movilidad reducida la edad mínima es de 14 años cumplidos. La opción A es correcta. La edad de 16 años se aplica cuando se transporta pasajero.