Conforme al artículo 15.3. del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, “En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir …”
- A.Por la parte posterior hasta un 20 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 10 por ciento.
- B.Por la parte posterior hasta un 15 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento.
- C.Por la parte posterior hasta un 15 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 10 por ciento.
- D.Por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 15.3 del RGC (RD 1428/2003) establece que en vehículos no destinados exclusivamente a mercancías, la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10% de su longitud, y si fuera indivisible, un 15%. La opción D es correcta.