El artículo 178 del Código Penal determina que el que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión:
- A.Prisión de uno a dos años.
- B.Prisión de uno a tres años.
- C.Prisión de uno a cuatro años.
- D.Prisión de uno a cinco años.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 178 del Código Penal en su redacción de 2017 establecía que la agresión sexual con violencia o intimidación se castigaba con prisión de uno a cinco años. Posteriormente, la Ley Orgánica 10/2022 realizó modificaciones significativas en estos artículos relativos a delitos sexuales.