Los conductores de vehículos destinados al transporte escolar y de menores, ¿qué tasa de alcohol en aire espirado no podrán superar?
- A.0'25 miligramos por litro.
- B.0'15 miligramos por litro.
- C.0 miligramos por litro.Respuesta correcta
- D.0'50 miligramos por litro.
Explicación
Los conductores de vehículos destinados a transporte escolar y de menores no pueden superar 0 miligramos por litro de alcohol en aire espirado. Esta tolerancia cero es la más restrictiva del sistema y se aplica a estos conductores dada la especial.