Aquellos planes de emergencia elaborados para hacer frente a las emergencias generadas por riesgos de especial significación en Andalucía, cuya naturaleza requiera una metodología técnico-científica adecuada para la identificación del riesgo y que sea aprobada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, mediante la aprobación de la correspondiente norma marco, se denominan:
- A.Plan Territorial.
- B.Plan Especial.Respuesta correcta
- C.Plan Específico.
- D.Plan de Actuación.
Explicación
Los Planes Especiales son los planes de emergencia elaborados para hacer frente a riesgos de especial significación que requieren metodología técnico-científica específica y son aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.