Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad se consideraran:
- A.Principios Generales del Derecho.
- B.Costumbre.Respuesta correcta
- C.Jurisprudencia.
- D.Todas son incorrectas.
Explicación
La respuesta correcta es B. El Código Civil establece que los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad tienen la consideración de costumbre como fuente del derecho. Esto los diferencia de los principios generales del derecho y de la jurisprudencia.