Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de esa naturaleza. En las denuncias por hechos de circulación deberá constar en todo caso:
- A.La identificación del vehículo con el que se haya cometido la presunta infracción.
- B.Nombre, apellidos y domicilio del denunciado
- C.Una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.Respuesta correcta
- D.Nombre, apellidos y domicilio del denunciante o, si es un agente de la autoridad, su número de identificación profesional
Explicación
La respuesta correcta es C. Las denuncias por hechos de circulación deben contener obligatoriamente la identificación del vehículo, identidad del denunciado (si se conoce), descripción sucinta con lugar, fecha y hora, y datos del denunciante según el art. 74.2 del RDL 6/2015.