¿Se puede interponer un recurso administrativo contra un acto firme en vía administrativa?
- A.No, pues adquirida la firmeza administrativa sólo cabe acudir a los tribunales de Justicia.
- B.Sí, ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto.
- C.No, salvo que se tratare de un acto nulo de pleno derecho y, por tanto, no sujeto a prescripción.
- D.Sí, si del expediente resultase un error de hecho en el auto.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 125.1 de la Ley 39/2015 permite interponer un recurso extraordinario de revisión contra actos firmes si hay error de hecho acreditado en el expediente.