En principio, las competencias asumidas por la CCAA, al amparo de lo constitucionalmente establecido, podrán ampliarse provisionalmente transcurridos:
- A.3 años.Respuesta correcta
- B.4 años.
- C.5 años.
- D.6 años.
Explicación
La respuesta correcta es A. Aunque la Constitución establece en su artículo 148.2 que transcurridos cinco años se pueden ampliar competencias, la respuesta oficial del tribunal para esta pregunta es que las competencias asumidas por la vía del artículo 143 podrán ampliarse provisionalmente transcurridos 3 años. Se recomienda memorizar la respuesta oficial independientemente de la literalidad constitucional.