Las personas que puedan instar el procedimiento de Habeas Corpus se encuentran reguladas en:
- A.El artículo 5 de la LO 6/84, de 24 de mayo.
- B.El artículo 3 de la LO 6/84, de 24 de mayo.
- C.El artículo 4 de la LO 6/84, de 24 de mayo.Respuesta correcta
- D.El artículo 6 de la LO 6/84, de 24 de mayo.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 4 de la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, regula las personas legitimadas para instar el procedimiento de Habeas Corpus. Pueden instarlo: el privado de libertad, su cónyuge o persona ligada por análoga relación de afectividad, ascendientes, descendientes, hermanos, representante legal, el Ministerio Fiscal y el Defensor del Pueblo, garantizando así una amplia protección de la libertad personal.