Pregunta 16

Policía Local - 2016 - Policia Local - Don Benito

Conforme al artículo 385. Ter. del código penal, el juez o tribunal razonándolo en sentencia, podrá rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado y a las demás circunstancias del hecho cuando se trate de los artículos:

  • A.379, 380, 381 y 384 del código penal.
  • B.381, 383, 384 y 385 del código penal.
  • C.379, 383, 384 y 385 del código penal.Respuesta correcta
  • D.380, 381, 383 y 385 del código penal.

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 385 ter del Código Penal permite al juez rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado y demás circunstancias del hecho, cuando se trate de los delitos tipificados en los artículos 379, 383, 384 y 385. Los artículos 380 y 381 quedan excluidos por tratarse de conducción temeraria con mayor gravedad.